VINCULACIÓN TECNOLÓGICA

Especialistas contribuyen a la protección ambiental de la laguna Brychan en Trevelin, Chubut

El Centro de Investigación Esquel de Montaña y Estepa Patagónica (CIEMEP, CONICET-UNPSJB) participó en la toma de muestras y el análisis de calidad de agua. Los estudios se realizaron en el marco de los Servicios Tecnológicos de Alto Nivel (STAN) y aportaron información científica en el contexto de un acuerdo de conciliación penal orientado a garantizar la protección ambiental del cuerpo de agua.


Laguna Brychan, Trevelin Chubut.
Muestreo realizado por científicos del CIEMEP

En el marco de un proceso de conciliación penal, impulsado por la Fiscalía de Esquel para proteger la laguna Brychan (ubicada en Trevelin, Chubut), el Centro de Investigación Esquel de Montaña y Estepa Patagónica (CIEMEP, CONICET-UNPSJB) participó en la toma de muestras y el análisis de calidad del agua para contribuir con aportes científicos a una investigación que tuvo como objetivo resguardar ese ambiente natural, los recursos naturales y la biodiversidad.

Los estudios se realizaron a través de Servicios Tecnológicos de Alto Nivel (STAN) y fueron centrales en ese proceso de conciliación penal orientado a lograr el cese definitivo de las actividades que afectaban el equilibrio ecológico de la laguna. Del mismo participaron los científicos del CIEMEP (CONICET-UNPSJB) Cecilia Brand, Yanina Assef, Cristina Horak y Pablo Pessacq.

Una de las investigadoras participantes en este estudio, Brand, destaca la importancia del conocimiento local para asesorar en problemáticas ambientales. Desde la fiscalía se solicitó el análisis de parámetros biológicos, físico químicos y nutrientes del agua de la laguna.

El procedimiento se sustentó en los principios procesales que priorizan la mínima intervención penal y el uso de mecanismos alternativos para la resolución de conflictos ambientales. Mediante este abordaje, el objetivo central de las actuaciones consistió en detener la afectación y promover la restauración del bien colectivo, bajo los lineamientos constitucionales de prevención, precaución, recomposición, participación ciudadana y desarrollo sostenible.

La intervención de la sede penal se apoyó en un robusto marco normativo que incluyó las garantías del artículo 41 de la Constitución Nacional, los preceptos de la Ley General del Ambiente N.º 25.675, las disposiciones aplicables del Código Civil y Comercial de la Nación y la legislación provincial en materia ambiental.

Bagnato, procuradora de la fiscalía, resaltó que fue clave para la investigación el aporte del Centro de Investigación Esquel de Montaña y Estepa Patagónica (Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas - Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco).

Sobre la conciliación: Naturaleza del acuerdo y confidencialidad

La conciliación constituye un proceso de común acuerdo entre las partes involucradas, donde se consensúan soluciones efectivas para neutralizar el daño ambiental. En ese sentido, las partes aceptaron formalmente el proceso reconociendo su finalidad eminentemente restaurativa y preventiva, con el firme propósito de preservar la integridad ecológica del cuerpo de agua.

Asimismo, se enfatizó que tanto los términos de las conversaciones como los compromisos específicos asumidos revisten carácter confidencial, por lo cual los detalles puntuales de lo pactado no pueden hacerse públicos. La investigación del caso estuvo a cargo de la procuradora de fiscalía Cecilia Bagnato, de la Agencia de Delitos Ambientales y Maltrato Animal.

Por: CIEMEP (CONICET-UNPSJB)