Seguridad e Higiene en el CONICET
Dada la diversidad de situaciones que se plantean en las tareas científicas, que van desde el trabajo en oficina o bibliotecas hasta salidas de campo a la alta montaña o en un reactor nuclear, investigadores/as, personal de apoyo y becarios/as tienen que conocer y cumplir, además de la normativa general en materia de seguridad, todas la normas específicas que correspondan a cada caso. Por ejemplo, las normas de bioseguridad en laboratorios biomédicos, normas de protección del medio ambiente, normas de seguridad en la actividad nuclear, entre otras.
En Argentina las principales normas generales son: Ley de Higiene y Seguridad en el Trabajo N° 19.587/72, reglamentada por el Decreto 351/79 y sus modificatorios 911/96, 617/97 y 1057/2003, Ley de Riesgos del Trabajo N° 24.557 y Ley General del Medio Ambiente N° 25.675.
Asimismo, se deben seguir las pautas y procedimientos que cada Institución establece como normativa interna.
La Resolución 1619/08 de Seguridad e Higiene del CONICET que abarca a todo el personal del Consejo en el país, es de aplicación general. Cada CCT y/o instituto del CONICET puede, en el marco de dicha Resolución, adoptar normas internas específicas a las actividades y características del mismo. En el caso de agentes del CONICET con lugar de trabajo en otra institución (ej: INTA, Universidades, etc.), además de tomar en cuenta dicha normativa, deberán ajustarse a los procedimientos internos establecidos por cada institución.
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